La Curia pontificia fue
el organismo que más documentos emitió en Europa durante la Edad Media,
y al principio de la Edad Moderna fue superada sólo por pocas
cancillerías laicas. Su producción comienza muy lentamente al final de
la Edad Antigua y en la alta Edad Media, pero se intensifica
posteriormente de manera explosiva en los siglos XIV y XV. A finales
del siglo XV se producen en un mismo año tantos documentos como los que
se habían elaborado en todo el primer milenio de la historia de la
Iglesia. Seguidamente, en la Edad Moderna, la producción se estabiliza
en un nivel algo más bajo. En total, hasta nuestros días se habrán
redactado no menos de treinta millones de documentos pontificios.
El estudio de los documentos pontificios comienza con el desarrollo general de la ciencia diplomática. La apertura del Archivo Vaticano (con la consiguiente fundación de los institutos extranjeros de Historia en Roma) que posibilitó el acceso a las grandes series de registros ha favorecido eficazmente la investigación al mismo tiempo que ha contribuido a incrementar los conocimientos sobre el material documental de manera prácticamente ilimitada.
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Privilegio de Alejandro III, 23 de enero de 1168
ASV, Fondo Veneto I, 6559 |
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Litterae gratiosae de Alejandro IV, 4 de enero de 1261
ASV, Fondo Domenicani 331 |
Desde Adriano I encontramos privilegios. Éstos se diferencian de las cartas por la elaboración más rica del escatocolo. Se conecta inmediatamente con el contexto la fórmula del Scriptum, fechada según el mes y la indicción, que lleva también el nombre del escritor: Scriptum per manum N. N. scriniarii Sanctae Romanae Ecclesiae in mense ... indictione ... Sigue el Bene Valete del pontífice de la forma habitual. La llamada fechación larga, que la pone el jefe de la Cancillería, constituye la conclusión: fecha del día y mes según la numeración romana, nombre del datario, indicción, año de pontificado con nombre y número ordinal del papa.
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| Liber diurnus Romanorum Pontificum, siglos VIII-IX ASV, Misc. Arm. XI, 19, ff. 17v-18v |
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Privilegio de León IX, 11 de octubre de 1051
ASV, Instr. Tudertina 1 |
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Litterae gratiosae de Clemente XI, 17 de septiembre de 1707
ASV, Instr. Misc. 6852 |
Un documento consta de tres partes: Protocollo (es decir, el protocolo inicial), Testo o Contesto y Escatocollo (es decir, el protocolo final).
El Protocollo comienza a veces con una Invocatio (invocación de la divinidad), pero es más común que inicie con la Intitulatio (nombre y título del papa). Seguidamente viene la Inscriptio (o dirección: nombre, título y residencia (diócesis) del destinatario; o una dirección general: a todos los cristianos fieles). Después viene la Salutatio (o fórmula de saludo), en cuyo lugar podemos encontrar la Formula perpetuitatis (o fórmula de perpetuidad).
El Testo o Contesto comienza con la Arenga (motivación en estilo retórico para la expedición del documento, sobre todo con referencias al deber pastoral del pontífice o a los méritos del destinatario). En documentos muy simples no hay arenga y por tanto comienzan con la Narratio (exposición de los precedentes relativos a la solicitud). Normalmente, se concluye mencionando la Petitio (instancia para la expedición del documento). Se continúa con la Dispositio (disposición del papa), al final de la cual, en las Clausole derogative, se anulan los derechos que se oponen a las mismas. En otra parte del documento sigue el Decretum y la Sanctio (maldición para cualquier trasgresor de las disposiciones del documento y sanciones).
El Escatocollo puede contener Rota, Bene Valete, Comma y/o la suscripción autógrafa del papa (en algunos casos, también de los cardenales). El escatocolo termina siempre con la fechación, más concretamente con la «fechación larga», con la fórmula Datum per manum que indica el datario del documento, el lugar y la fecha, o con la fechación breve que registra únicamente el lugar y la fecha.
El margen inferior del documento normalmente se pliega hacia adelante (sobre o revestimiento envolvente). Cada documento se indica con su incipit, es decir, con las palabras iniciales de la arenga (o de la narratio en el caso de documentos sin arenga); por ejemplo, Unam sanctam, Exurge Domine o Cum sicut accepimus.
Los documentos pontificios se indican en el uso lingüístico oficial corriente generalmente como litterae apostolicae, donde sin embargo cada género de documentos puede ser distinto a causa de añadidos, como por ejemplo litterae in forma brevis.
Hay otras diferencias como: litterae gratiae (concesión de una gracia), litterae iusticiae (transmisión de una orden o deliberación en casos de justicia), litterae communes (documentos cuya lectura, generalmente, se podía producir en presencia del papa, como súplica y/o minuta y/o original), litterae dandae (documentos que se emanaban sin lectura), litterae cum serico (documentos con sello pendiente de un hilo de seda), litterae cum filo canapis (documentos con sello pendiente de un hilo de cáñamo).
La expresión bula, que en su origen significa únicamente sello plúmbeo, se transfiere en el s. XIII a un determinado género de documentos y los contemporáneos ya hace bastante tiempo que la aplican a todos los documentos con sello plúmbeo. Los breves no se deben calificar como bulas. Y viceversa, la expresión breve para documentos anteriores al año 1400 es anacrónica. Hoy en día, el lenguaje oficial de la Curia, tal y como se ha desarrollado desde el siglo pasado, hace referencia a la bula como constitutio (bulas en sentido estricto), litterae apostolicae sub plumbo datae (científicamente: litterae) o litterae decretales (bulas consistoriales) y a los breves como litterae apostolicae. Las cartas con firma autógrafa del papa se denominan chirographus.![]() |
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Privilegio de Inocencio III, 13 de octubre de 1207
ASV, Instr. Tudertina 6 |
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Litterae consistoriales de Pablo III, 22 de octubre de 1537
ASV, Misc. Dipl. 7 |
