Se llama canonizar al acto por el que el Papa declara que una
persona es digna de culto universal. La canonización tiene el propósito
de presentar a dicha persona como modelo de conducta ante los
creyentes, dándole reconocimiento por el grado de perfección alcanzado
y como intercesor ante Dios.
La Iglesia Católica es la única confesión religiosa que posee un mecanismo formal, continuo y altamente racionalizado para llevar a cabo el proceso de canonización de una persona. Actualmente las canonizaciones se efecúan después de un proceso judicial, llamado proceso de beatificación y canonización, o simplemente proceso de canonización. El proceso de canonización se puede definir como el proceso que dilucida la duda acerca de la santidad de una persona. Existen dos vías para llegar a la declaración de canonización
En el proceso de canonización se establece la duda procesal de si el candidato a santo (o siervo de Dios) ha vivido las virtudes cristianas en grado heroico, o si ha sufrido martirio por causa de la fe. Además, para llegar a la canonización se requiere de la realización confirmada de uno o dos milagros.
La canonización se lleva a cabo mediante una solemne declaración papa de que una persona está, con toda certeza, contemplando la visión de Dios. El creyente puede rezar confiadamente al santo en cuestión para que interceda en su favor ante Dios.
El nombre de la persona se inscribe en la lista de los santos de la Iglesia y a la persona en cuestión se la "eleva a los altares", es decir, se le asigna un día de fiesta para la veneración litúrgica por parte de la Iglesia católica.
El tiempo transcurrido entre la muerte y la canonización pueden ser varios siglos (San Pedro Damián fue canonizado 756 años tras su muerte) o de pocos días; después de San Dimas (también llamado el buen ladrón, que fue el único santo canonizado en vida, por el mismo Jesucristo), San Antonio de Padua posee el récord de la canonización más rápida de la historia: fue declarado santo 352 días después de su deceso.El Obispo diocesano y el Postulador de la Causa piden iniciar el proceso de canonización. Y presentan a la Santa Sede un informe sobre la vida y las virtudes de la persona (en todos los casos debe morir perteneciendo oficialmente a unas de las Iglesias Católicas (u Orden Religiosa) que guardan obediencia al Papa de Roma y está reconocida oficialmente por la Santa Sede del Vaticano).
La Santa Sede, por medio de la Congregación para las Causas de los Santos, examina el informe y dicta el Decreto diciendo que nada impide iniciar la Causa (Decreto "Nihil obstat"). Este Decreto es la respuesta oficial de la Santa Sede a las autoridades diocesanas que han pedido iniciar el proceso canónico.
Obtenido el Decreto de "Nihil obstat", el Obispo diocesano dicta el Decreto de Introducción de la Causa del ahora Siervo de Dios.
B) VENERABLE
Con el título de Venerable se reconoce que un fallecido vivió virtudes heroicas, esta canonización la hace el Cardenal correspondiente a la zona geográfica donde vivió esa persona, en la catedral, basílica o iglesia más importante de esa zona.
C) BEATO
Se reconoce por el proceso llamado de "beatificación". Además de los atributos personales de caridad y virtudes heroicas, se requiere un milagro obtenido a través de la intercesión del Siervo de Dios y verificado después de su muerte. El milagro no es requerido si la persona ha sido reconocida mártir. Los beatos son venerados públicamente por la iglesia local (en España la provincia correspondiente), esta canonización la hace el Papa o un Cardenal en nombre del Papa generalmente en la Basílica de San Pedro o en la Plaza de San Pedro del Vaticano. En algunos casos, puede que la Ceremonia de Beatificación, se efectúe en el lugar de nacimiento de la persona a beatificar.
D) SANTO
Con la canonización, al beato le corresponde el título de santo. Para la canonización hace falta otro milagro (en total dos milagros o un milagro más haber muerto como mártir) atribuido a la intercesión del beato y ocurrido después de su beatificación. Al igual que ocurre en el proceso de beatificación, el martirio no requiere habitualmente un milagro, esta canonización la hace el Papa en la Basílica de San Pedro o en la Plaza de San Pedro del Vaticano. En el caso del Papa Juan Pablo II, las Canonizaciones las realizaba en el País de Origen del Beato a canonizar (durante sus Viajes Pontificios por el Mundo). En la actualidad, se efectúa en algunos casos en el País de Origen del Beato a canonizar.
Mediante la canonización se concede el culto público en la Iglesia católica. Se le asigna un día de fiesta y se le pueden dedicar iglesias y santuarios. No existe un cómputo preciso de quiénes han sido proclamados santos desde los primeros siglos. En 1988, para celebrar su IV centenario, la Congregación para las Causas de los Santos publicó el primer "Index ac status Causarum". Este libro y los suplementos que le siguieron, escritos enteramente en latín, están considerados como el índice definitivo de todas las causas que han sido presentadas ante la congregación desde su institución, los primeros Santos fueron los Doce Apóstoles.
¿QUE ES LA CONGREGACIÓN PARA LA CAUSA DE LOS SANTOS?
La Congregación para las Causas de los Santos (Congregatio de Causis Sanctorum), es una de las nueve Congregaciones de la Curia Romana. Es creada el 8 de mayo de 1969. Su acrual Prefecto es Mons. Angelo Amato y el Secretario Mons. Michele Di Ruberto.
Se trata del organismo del Vaticano encargado de estudiar los milagros, martirios y virtudes heroicas y de proponer los diferentes ejemplos de santidad para que el Sumo Pontífice proceda a realizar las canonizaciones y beatificaciones oportunas.
Su actual Prefecto es Mons. Angelo Amato y el Secretario Michele Di Ruberto. La Congregación cuenta actualmente con 34 miembros.
LISTA DE PREFECTOS
La Congregación para las Causas de los Santos (Latín: Congregatio de Causis Sanctorum) es la congregación de la Curia Romana que supervisa el complejo proceso que conduce a la canonización de santos, pasando por los pasos de una declaración de "virtudes heroicas" y beatificación . Después de preparar un caso, incluyendo la aprobación de los milagros, el caso se presentó a la papa, que decide si o no proceder a la beatificación o canonización.
El predecesor de la congregación fue la Sagrada Congregación de Ritos, fundada por el Papa Sixto V, el 22 de enero de 1588 en el Boletín Immensa Aeterni Dei. La congregación trataron de regular el culto divino, y las causas de los santos.
El 8 de mayo de 1969, Papa Pablo VI emitió la constitución apostólica Sacra Rituum Congregatio, dividiéndolo en dos congregaciones, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Este último fue dado tres oficinas, las de la judicatura, el Promotor General de la Fe y la histórico-jurídica.
Con los cambios en el proceso de canonización introducida por Papa Juan Pablo II en 1983, un Colegio de Relatores se añadió a preparar los casos de los declarados como Siervo de Dios.
El actual Prefecto es Mons. Angelo Amato, el Prefecto Emérito es el cardenal José Saraiva Martins y el secretario (nombrado el 5 de mayo de 2007) es el arzobispo Michele Di Ruberto, sustituye a Mons. Edward Nowak, que fue nombrado Assessore Ecuestre de la Orden del Santo Sepulcro.
Fdo. Cristobal Aguilar.
